NUEVO PLAN DE FORMACIÓN.

“UNA CONVIVENCIA PARA EL APRENDIZAJE INTEGRAL

Importancia de la convivencia escolar.

Entendemos por convivencia la potencialidad que tienen las personas para vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa de un establecimiento educacional que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes. Esta concepción incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos quienes participan del proceso educativo.

La convivencia escolar tiene un enfoque eminentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, siendo la base para el ejercicio de la ciudadanía. Este enfoque formativo posee una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia.

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL LOS ACACIOS

VISION

Colegio técnico profesional que sirva de referente de gestión educativa y tecnológica, con una permanente adecuación a los cambios de la sociedad del conocimiento

MISIÓN

Ser una Comunidad Educativa que promueve una formación valórica, humanista-laica, cognitiva, social y afectiva en la formación de técnicos competentes, entregándoles una educación de calidad y en constante mejora.

TITULO I:

DE LAS CONSIDERACIONES

El Colegio Técnico profesional Los Acacios, es esencialmente un plantel formador, que complementa la tarea diaria de la familia y para ello desarrolla competencias sociales que regulan el comportamiento de sus estudiantes, frente a sus compañeros, profesores, amigos, en su hogar y en la comunidad. En suma, debe crear nuevos hábitos y mejorar los que ha internalizado del hogar y del medio.

Este reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (estudiantes, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados) emprenden en favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar. La convivencia escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa, privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia

“Para constituirse en un marco ordenador y regulatorio de la convivencia escolar, el Reglamento de Convivencia, dada la finalidad educativa de la institución escolar, tendrá un enfoque formativo.

En el artículo 9° de la Ley General de Educación (Nº 20.370) Se establece que cada comunidad educativa tiene el derecho a definir sus propias normas de convivencia, de acuerdo con los valores expresados en su proyecto educativo. Éstas deben enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener como horizonte la formación de los y las estudiantes.

En el artículo 46°, letra f) de la Ley General de Educación, se establece que todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa, y que garantice el justo procedimiento en el caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrá contravenir la normativa vigente”.

Para que todos los niños, niñas, jóvenes que ingresan al Colegio Técnico Profesional Los Acacios, permanezcan en él recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la comunidad educativa.

En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, el quehacer diario de los Profesores y de cada uno de sus trabajadores, se esfuerza por transmitir y cultivar en nuestros alumnos el Respeto y el Patriotismo, la Tolerancia, Solidaridad, Prudencia, Fraternidad, Responsabilidad, Libertad, Igualdad y Justicia, Conciencia y Respeto por la Naturaleza, para la protección del medio ambiente, para hacer de nuestros hombres y mujeres del mañana, hombres y mujeres de bien.

Trabajaremos en forma conjunta cualquier episodio que se detecte de Bullying o Ciberbullying siguiendo los pasos establecidos: Detección, Evaluación Preliminar, Adopción de Medidas de Urgencia, Diagnóstico de Acoso, Intervención y Evaluación e Informe Final.

Con la finalidad de entregar un mejor servicio a sus estudiantes el Colegio Técnico Profesional Los Acacios dispone para los cursos de primer ciclo básico, de un programa de integración orientado a la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales transitorias en el ámbito del lenguaje y/o aprendizaje.

Junto a los estudiantes, los padres, auxiliares, administrativos, paradocentes, profesores y directivos, pretendemos con estas normativas lograr una sana convivencia en el establecimiento, que surgen de los acuerdos alcanzados por nuestra comunidad educativa. En este sentido la disciplina y el trato cordial cumplen un importante rol para los estudiantes y las personas que educativa y pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tenemos el deber de velar por la confianza que han depositado las familias en nuestro establecimiento.

ACTIVIDADES CO-PROGRAMÁTICAS.

Se entiende como actividad co-programática toda actividad sistemática y planificada, ya sea de carácter deportivo, recreativo, artístico u otro, destinada a ampliar el currículum escolar de los alumnos. Caben dentro de este concepto las actividades Extraescolares, las visitas sociales, visitas de estudio, entre otras.

Las actividades extraescolares se realizarán en un horario distinto a la jornada habitual de trabajo. Las actividades ofrecidas por el Colegio se realizarán después de la jornada escolar, es decir, de lunes a viernes entre 13:25 y las 19:00 hrs., y sábado durante todo el día.

La inscripción es voluntaria y se realizará mediante una ficha que debe llenar el apoderado. La participación, una vez inscritos, es obligatoria. Los retiros de las actividades de taller deben hacerse mediante comunicación escrita del apoderado a la Coordinadora de extra escolar.

Las actividades de salidas y visitas de estudio o de acción social organizadas por el Colegio deben realizarse previa firma de autorización del apoderado.

El Colegio se exime totalmente de responsabilidad en el caso de la realización de actividades que no sean organizadas por él, quedando éstas bajo la exclusiva responsabilidad de quienes las realicen.

TITULO II:

DE LOS ESTUDIANTES REGULARES

Artículo N° 1 Para ser estudiante regular del Colegio Técnico Profesional Los Acacios, se requiere encontrarse matriculado en el establecimiento

Artículo N° 2 No obstante lo anterior, para poder continuar estudios en la Enseñanza Media o postular a las diversas especialidades Técnico Profesional que se imparten en el Colegio, todos(as) los(as) estudiantes y postulantes, deberán pasar por un proceso especial de selección, durante 2°medio, para determinar si poseen la idoneidad requerida por las especialidades.

Artículo N° 3 Para ser estudiante regular del Colegio Técnico Profesional Los Acacios, se requiere:

a) Edad en relación al nivel a optar.

Haber sido aceptado en:

• Ingreso regular de primero a séptimo básico.

• Ingreso regular de proceso de admisión de octavo a tercero medio.

• Traslado de otro Establecimiento Técnico Profesional del área, si existen cupos.

• Ingreso especial en cursos intermedios si existen cupos, una vez aprobado el proceso de selección especial.

b) Tener salud compatible con el trabajo en el área de la especialidad elegida (certificada por un profesional).

c) Asistir normalmente a clases, incluido sistema Dual (mínimo 85%) y a las actividades programadas por el Colegio

Artículo N° 4 Pierde su calidad de estudiante regular y todos los derechos que ello implica, quien se retira o a quien se le cancele la matrícula, de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento. En tal caso, el Colegio Técnico Profesional Los Acacios, se reserva el derecho de disponer de la vacante.

TITULO III:

DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo N° 5 Los estudiantes del Colegio Técnico Profesional Los Acacios son iguales en derechos y obligaciones, sin distinciones ni preferencias por género, raza, etnia y/o credo religioso. Sus derechos emanan de su condición de personas, en armonía con las disposiciones de la Constitución Política del Estado de Chile y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del niño y niña.

Artículo N° 6 Los y las estudiantes tienen derecho a ser respetados como personas, recibir una atención preferencial y un trato deferente y cordial.

Un trato deferente y cordial se refiere a:

a) Evitar los insultos, amenazas, apodos humillantes, abusos, discriminación, actitudes racistas, chismes, prepotencias, agresiones físicas, matonaje y expresiones verbales indecorosas a través de medios escritos, gráficos u electrónicos (facebook, whatsApp, instagram, chat, u otros) publicado dentro o fuera del colegio y que afecte la dignidad de las personas.

b) Erradicar cualquier manifestación de agresión física a miembros de la comunidad escolar.

Además los estudiantes tienen derecho a:

Artículo Nº 7 Recibir una educación de calidad, equidad y pertinencia, sin discriminación de ningún tipo, de acuerdo a las posibilidades del Colegio, en un ambiente grato y con condiciones mínimas necesarias y apropiadas para su desarrollo personal.

Artículo N° 8 Solicitar a Rectoría la consideración de su situación, cuando se excedan los porcentajes de inasistencia permitidos por el Reglamento de Evaluación y Promoción, siempre y cuando su rendimiento en las asignaturas de los Planes de Estudio sea Suficiente y sus registros disciplinarios aceptables. Este beneficio podrá ser otorgado por una sola vez durante su vida escolar en el establecimiento, los que serán evaluados por la Rectoría. Si la inasistencia es superior al 25%, no tiene derecho a presentar solicitud y, por tanto, repite curso.

Artículo N° 9 Solicitar, conforme a las disposiciones vigentes del Ministerio de Educación, ausentarse del Colegio en horas de clases, por razones debidamente comprobadas, calificadas por el Inspector General, por ejemplo: control médico, dental, trámites legales, imprevistos; todos ellos solicitados personalmente por el Apoderado Titular.

Artículo N° 10 Solicitar y recibir originales o copias de documentos para realizar trámites de interés personal.

Artículo N° 11 Conocer, al comienzo del año escolar, el Reglamento de Convivencia Escolar, de Evaluación y Promoción Escolar, Plan de Seguridad Integral y Protocolo de Accidente Escolar.

Artículo N° 12 Organizarse a través del funcionamiento del Centro de Estudiantes y directivas por cursos, niveles o por especialidades, conforme al Reglamento General del Centro de Estudiantes.

Artículo N° 13 Ser informados oportunamente acerca del calendario de evaluaciones, mínimo con diez días de anticipación y de conocer sus calificaciones y ser atendidas sus dudas, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de aplicación del instrumento de evaluación.

Artículo N° 14 Recibir su Certificado Anual de Estudios y documentos que correspondan al nivel cursado, en un plazo máximo de 15 días calendario, contados desde la fecha que se dio término al año lectivo.

Artículo N° 15 Inscribirse y participar en las Actividades Extraescolares que se desarrollen en el Colegio. Sin embargo, la participación en éstas se encuentra sujeto al comportamiento y rendimiento escolar de los estudiantes.

Artículo N° 16 A recibir un trato cordial y respetuoso de parte de los estudiantes y personal el colegio. Del mismo modo, ser exigido en el desarrollo de todas sus potencialidades intelectuales, físicas y conductuales.

Artículo N° 17 Recibir atención de primeros auxilios inmediata en caso de accidente escolar o de enfermedad. Cuando se necesite recibir los beneficios establecidos en la legislación vigente, el profesor o funcionario a cargo del alumno, en el momento de ocurrir el hecho, tiene la obligación de informar al Apoderado y trasladar, si es necesario, al afectado a la unidad de emergencia. En caso de imposibilidad de ser movilizado el alumno se llamará a la ambulancia y se le acompañará al centro asistencial.

Artículo N° 18 Representar al Colegio en actividades culturales, deportivas, recreativas, académicas entre otras, que organice el propio establecimiento u otras instituciones.

Artículo N° 19 Recibir una educación basada en los valores universales que sustenta la Institución sostenedora: Corporación Educacional Masónica de Concepción.

TITULO IV:

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES Y SUS APODERADOS

Dado el papel principal que los padres de familia ejercen en la formación integral de sus hijos, es indispensable que compartan el sistema pedagógico y disciplinario del Colegio que eligieron para la formación de sus hijos(as). Para los alumnos(as) es muy importante que los padres de familia y apoderados estén presentes en las diversas actividades que el Colegio organiza. Por ello es importante que participen en las reuniones, eventos y festejos a los cuales el Colegio les invita.

Artículo N° 20 Todo estudiante regular deberá respetar y acatar las disposiciones del presente Reglamento de Convivencia Escolar y seguir un conducto regular para respuestas a inquietudes y/o problemas. Este conducto es: Docente del curso, Profesor Jefe, Docente Directivo, Rectoría.

Artículo N° 21 Todo estudiante debe velar por su integridad física resguardándose de actividades riesgosas y acatando las normas de seguridad de este Reglamento y de otros relacionados con el tema.

Artículo N° 22 Todo estudiante deberá tener APODERADO TITULAR, mayor de edad, el que será responsable de las actuaciones de su pupilo tanto dentro como fuera del Establecimiento y que debe presentarse personalmente cuando el colegio se lo solicite. También habrá un apoderado suplente, el que reemplazará al titular, sólo en caso de fuerza mayor, principalmente enfermedad. No es alternada la presencia del apoderado.

Articulo N° 23 Atendiendo a que el principal rol formador lo tiene la familia, el apoderado tiene la obligación de participar en el proceso educativo de su pupilo, debiendo cumplir con las siguientes responsabilidades:

a. Revisar periódicamente la Agenda escolar, en el caso de la enseñanza básica revisar diariamente, firmarla y vigilar que los deberes, avisos y solicitudes registrados en ella se cumplan.

b. Asistir a las reuniones de apoderados mensuales y charlas convocadas por el colegio, ambas de carácter obligatorio. Además, participar de las reuniones del Centro General de Padres y Apoderados. La inasistencia a estas reuniones debe ser justificada personalmente por el apoderado.

c. Concurrir al Establecimiento para informarse del rendimiento y comportamiento del estudiante, toda vez que sea citado por el profesor(a) y/o algún miembro del Equipo de Gestión. Cabe recordar que la familia es la primera interesada en conocer la situación académica y disciplinaria del estudiante, de modo que periódicamente debe consultar, vía agenda o solicitando entrevista, para saber el estado y situación de su hijo.

d. Cooperar en las actividades planificadas por el Establecimiento, debiendo tener presente que todas y cada una de ellas sólo tienen como objetivo lograr un mayor bienestar físico, intelectual y espiritual de los estudiantes.

e. Delegar su representatividad por escrito (poder simple) en la persona del Apoderado Suplente, cuando el apoderado titular, por motivos de fuerza mayor (enfermedad), no pueda concurrir a la citación del Colegio.

f. Solicitar personalmente la necesidad de ausentarse o retirar a su pupilo(a), antes de la jornada normal, por casos debidamente justificados y calificados por Inspectoría General.

g. Concurrir al Establecimiento sólo cuando sean citados, evitando alterar el desarrollo normal de la jornada de clases. Si requiere solicitar atención, debe hacer llegar comunicación indicando con quien necesita entrevistarse y motivo. Vía Agenda se dará día y hora de atención.

h. Apoyar el proceso educativo de su pupilo; cumpliendo con los requerimientos solicitados por el profesor jefe u orientadora, destinados a complementar información relevante sobre las necesidades educativas del estudiante, especialmente en casos en que se requiere del diagnóstico oportuno de un especialista.

i. Respetar los compromisos asumidos con el establecimiento educacional, su normativa interna y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

Artículo N° 24 Todo estudiante del Colegio Técnico Profesional Los Acacios deberá portar diariamente la Agenda Escolar proporcionada por el Colegio, debidamente firmada por el Apoderado y con su fotografía, para los efectos de comunicación Colegio-Hogar y viceversa y mantener actualizados los datos del estudiantes en su agenda (teléfono y dirección).

TITULO V:

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

Artículo N° 25 Dentro de los valores que el Colegio Técnico Profesional Los Acacios ha determinado promover entre sus estudiantes, se encuentra la presentación personal, puesto que una correcta presentación personal, sobria y limpia, refleja el respeto hacia uno mismo y hacia los demás. Además, son signo de educación social y ayudan a formar en los estudiantes hábitos de limpieza y orden fundamentales para su desempeño en las prácticas técnicos profesionales. En este sentido, el uniforme es considerado, como un distintivo que crea un vínculo de pertenencia e identidad con el colegio.

En virtud de lo anterior, es obligación para todos y todas los estudiantes del Colegio Técnico Profesional Los Acacios:

a. Usar el uniforme del Colegio en forma tradicional y conservadora, alejado de modas temporales, conforme a los siguientes considerandos:

• 1º A 4º BÁSICO: buzo deportivo (pantalón de corte recto) del Colegio Los Acacios, polera blanca cuello polo, zapatillas deportivas blancas y delantal blanco. Durante el invierno podrán hacer uso de una parka azul marino. Para las clases de Educación Física se deberá traer una polera de recambio. Todo accesorio para el pelo, debe ser de color azul marino.

• 5º A 4º MEDIO DAMAS: falda escocesa gris con azul, blusa blanca con cuello redondo, suéter gris con rayas azulinas y escote en “V”, calcetas grises, zapatos negros, corbata del Colegio, Casaca azulina Durante las estaciones de primavera y verano se permitirá el uso de polera blanca cuello “V” oficial del Colegio. Asimismo, el uso de pantalón gris de tela durante el invierno. Excepto en ceremonias oficiales. Todo accesorio para el pelo, debe ser de color azul marino.

• 5º a 4º MEDIO VARONES: pantalón gris corte recto, camisa blanca, suéter gris con rayas azulinas y escote en “V”, calcetines grises, zapatos negros, corbata del Colegio, casaca azul marino.

Durante las estaciones de primavera y verano se permitirá el uso de polera blanca cuello “V” del Colegio, excepto en ceremonias oficiales.

El uso del delantal blanco, limpio y sin rayas, debidamente identificado con nombre y curso será de uso obligatorio durante la jornada de clases.

b. Usar en Talleres y Laboratorios de la especialidad Instalaciones Sanitarias, overol azul y puño cerrado en las mangas. Para la Especialidad de Atención de Párvulos se usará delantal celeste para los días de modalidad dual y blanco para las actividades al interior del colegio. En tanto laboratorios de la especialidad de electricidad deberá usarse delantal blanco en sala de clases y chaqueta azul en laboratorios y/ o en salidas a terreno.

c. Usar uniforme de Educación Física sólo en actividades deportivas. Éste consistirá en: zapatillas blancas, pantalón azul corto, polera blanca y buzo deportivo institucional, (de corte recto) además de portar sus útiles de aseo personal (toalla, jabón, peineta, calzado para ducha),

d. En las actividades especiales planificados por el Colegio, los alumnos deberán presentarse con uniforme (camisa y corbata para los varones y blusa y corbata para las damas) o con el buzo del establecimiento, según la ocasión lo requiera, inclusive para las actividades extraescolares.

Artículo N° 26 Los estudiantes deben cuidar su aseo, presentación y seguridad personal:

Es OBLIGATORIO:

• En los VARONES: el uso del cabello corto (que no exceda el cuello de la camisa) y sin tintura de color; limpio, sin barba ni bigote, uñas cortas y limpias y sin maquillajes de ningún tipo. Por razones de seguridad no se permitirá el uso de aros, collares, pulsera, piercing, tatuajes, entre otros.

• En las DAMAS: cabello limpio, peinado y recogido (sin tinturas), uñas cortas y limpias(sin esmalte) y maquillaje discreto. Por razones de seguridad, no se permitirá el uso de aros colgantes, collares, pulseras, piercing, tatuajes, anillos no discretos, entre otros.

• En las actividades de Taller se usarán equipos de protección personal; guantes, casco, zapatos de seguridad, antiparras, mascarilla, cinturón de seguridad u otros de acuerdo a los riesgos del trabajo que ejecute.

TITULO Vl:

DE LA ASISTENCIA A CLASES Y A OTRAS ACTIVIDADES

Artículo N°27 La asistencia a clases y a las actividades programadas por el Colegio son obligatorias. Todo estudiante tiene como obligación asistir, por lo menos, al 85% de las actividades programadas en el año lectivo. En caso de no cumplir con este requisito (enfermedad), el apoderado deberá elevar una solicitud a Rectoría pidiendo la eximición de este requisito antes de que finalice el año escolar y presentar documentación que acredite la causal de inasistencia. Corresponderá, a su vez, al profesor jefe avisar oportunamente al apoderado del incumplimiento de este requisito. Esta solicitud será acogida sólo cuando la inasistencia no supere el 25%.

Artículo N° 28 Toda inasistencia del estudiante deberá ser justificada personalmente, por el apoderado titular. Sin este requisito el estudiante no puede reincorporarse a clases.

Artículo N° 29 Si las inasistencias se prolongaran por más de treinta (30) días seguidos, sin mediar aviso del apoderado, el Colegio se reserva el derecho de proceder a cancelar la matrícula del estudiante. Esta cancelación procederá siempre que exista un previo estudio del caso por parte del Profesor Jefe y de Inspectoría General, remitiendo un informe al Rector del Establecimiento, quien resolverá.

TITULO Vll:

DE LA PUNTUALIDAD EN LAS ACTIVIDADES ESCOLARES

INGRESO Y SALIDA DEL COLEGIO

La puntualidad constituye un hábito personal de autodisciplina que fomenta la fuerza de voluntad, organización del tiempo y contribuye al futuro éxito profesional de los alumnos(as). Llegar atrasado(a) a clases, interrumpe el normal desarrollo de las actividades y, además, va en desmedro del proceso de aprendizaje, tanto del que llega atrasado, como del resto de los alumnos(as) que comenzaron puntualmente sus actividades.

Artículo N° 30 Los y las estudiantes deberán ingresar puntualmente al establecimiento al inicio de los horarios establecidos para cada curso.

Artículo N° 31 Los y las estudiantes que lleguen atrasados, hasta cinco minutos, circunstancialmente podrán ser autorizados por inspectoría a ingresar a clases. Si el atraso excede los cinco minutos, deberá esperar en Biblioteca el cambio de hora para ingresar a clases, se dejará constancia en la hoja de vida del estudiante cuando esto ocurra por tercera vez, debiendo el apoderado asistir a justificar. Si esto no ocurriese el o la estudiante será suspendido.

Artículo N° 32 Los y las estudiantes podrán salir del establecimiento durante el período normal de clases sólo con la autorización de Inspectoría General.

Artículo N° 33 Los y las estudiantes podrán participar en trabajo de campo ( fuera del establecimiento ), sólo con autorización escrita expresa de su apoderado, la cual quedará como registro en Inspectoría General.

TITULO Vlll:

DEL COMPORTAMIENTO SOCIAL Y CÍVICO DEL ESTUDIANTE

DENTRO Y FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.

Artículo N° 34 Durante el desarrollo de las actividades lectivas los y las estudiantes ingresarán puntualmente a los espacios educativos del Colegio, bajo la presencia del profesor o paradocente que corresponda. La conducta a desarrollar debe favorecer la generación de un ambiente que permita la construcción del conocimiento.

Artículo N° 35 Debido a la organización funcional del Colegio, durante los cambios de hora, los y las estudiantes pueden cambiar de ambiente educativo, para lo cual el traslado debe hacerse respetando las normas de Prevención de Riesgos, el horario correspondiente y el trabajo normal del resto de sus compañeros(as).

Con la finalidad de entregar mejores condiciones de seguridad al estudiantado. El colegio dispone de cámaras de seguridad en el sector de ingreso a baños y camarines.

Artículo N° 36 En el cumplimiento del deber social, es obligación de todos velar por el mantenimiento y correcto uso del mobiliario y dependencias del establecimiento.

Artículo N° 37 Los y las estudiantes deben contribuir a la mantención del Colegio. Cualquier daño debe ser reparado antes los cinco días hábiles.

Artículo N° 38 Los y las estudiantes deben tener presente que, ante todo, son miembros del Colegio, al que están obligados a prestigiar con sus actuaciones y actitudes en todas las instancias sociales y de la comunidad, por lo que deben presentar un comportamiento aceptable socialmente, en la vía y lugares públicos, vehículos de movilización colectiva, cines, estadios, gimnasios y todo tipo de reuniones sociales, especialmente si viste uniforme.

Artículo N° 39 Los y las estudiantes deben observar una conducta ética y moral acorde con su condición de estudiantes, actuando con el máximo de respeto con sus compañeros y compañeras, personal de servicio, personal docente, funcionarios en general y visitas.

Artículo N° 40 Es responsabilidad de todo estudiante del Colegio, presentar una actitud de respeto hacia los símbolos y valores nacionales, participando en los actos cívicos internos y de la comunidad.

Artículo N° 41 De acuerdo a la Ley 19.419 y a las decisiones del Consejo de Profesores, existe prohibición de fumar dentro del Establecimiento y en las calles adyacentes al Colegio, cuando se lleva el uniforme. De igual forma, se prohíbe portar e ingerir bebidas alcohólicas, sustancias peligrosas para la salud, estupefacientes y/o portar armas de cualquier naturaleza.

Artículo N° 42 El y la estudiante debe demostrar honradez en su trabajo escolar, con las pertenencias de sus compañeros, profesores y personal del Colegio y en todos los aspectos de su vida diaria.

Artículo N° 43 El y la estudiante debe cumplir con los plazos asignados en las diversas tareas y actividades propias del Colegio.

Artículo N° 44 Al toque de timbre para ingresar a clases, debe dirigirse de inmediato a su sala, en orden, esperando al profesor en ella.

Artículo N° 45 El y la estudiante debe hacer correcto uso de los respectivos servicios higiénicos, cuidando y manteniendo el aseo de los diferentes artefactos.

Artículo N° 46 El y la estudiante debe velar por el correcto uso de los bienes del Colegio. Su apoderado asumirá la responsabilidad económica de los daños provocados, además de la sanción establecida.

Artículo N° 47 Todos los accesorios que no sean solicitados por el colegio (revistas, joyas, relojes, juguetes, Tablet, celulares y cualquier elemento multimedial de alta tecnología), serán de exclusiva responsabilidad de quienes los porten y no podrán ser usados en horas de clases. Por lo mismo, ningún estamento del Colegio se hará responsable por el extravío o deterioro de ellos.

Artículo N° 48 Evitar toda acción o comentario que atente contra el prestigio del Colegio Técnico Profesional Los Acacios y su personal. Existen procedimientos regulares para expresar internamente sus inquietudes como apoderado y como alumno. En el caso de los estudiantes está regido por el artículo 20 de este Reglamento y en el caso de los Padres y Apoderados el conducto es: Profesor Jefe, Docente Directivo, Rectoría, Centro General de Padres.

Artículo N° 49 Los y las estudiantes evitarán generar o participar en actos que impliquen agresión física, verbal y/o psicológica, o efectuar matonaje ( buylling), maltrato, acoso, abuso hacia uno o más compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. Incurrir en estas faltas es gravísimo. Cualquier diferencia de opinión o proceder se resuelve por vía del diálogo y los acuerdos.

Artículo N° 50 Las responsabilidades por la pérdida, daño o mal uso del material, herramientas, quebradura de vidrios, equipos, máquinas y mobiliario de los talleres, laboratorios, sala de clases y dependencias del Colegio, son personales, debiendo asumir el alumno y su apoderado su reposición o reparación, según el caso, en no más de cinco días hábiles.

Artículo N° 51 Los y las estudiantes deberán utilizar un lenguaje adecuado, sin groserías ni palabras ofensivas al relacionarse con los miembros de la Unidad Educativa, incluido los demás compañeros y compañeras.

TITULO lX: DE LOS TIPOS DE FALTAS Y DE LAS MEDIDAS REMEDIALES.

Los responsables de velar por el cumplimiento de las normas de disciplina y convivencia dentro de los colegios son: el Equipo Directivo del Colegio, el Equipo de Convivencia Escolar, el profesorado y el personal administrativo. Ellos seguirán los procedimientos estipulados en este reglamento ante una falta en cualquier lugar del Colegio, o fuera de él, en el caso que correspondiera. Este equipo es el encargado de generar condiciones de buen trato, bienestar y convivencia adecuada para todos los miembros de la comunidad educativa.

Existe un Comité de gestión de la Buena convivencia constituido por Inspectora General, Orientadoras, Psicóloga. Este comité estará a cargo de la resolución pacífica de conflictos a través de la técnica de la mediación.

Que es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso.

I) Medidas disciplinarias formativas para las faltas leves y graves reiteradas.

Son aquellas que permiten que los alumnos(as) tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Las sanciones formativas a aplicar son: servicio pedagógico y servicios en beneficio a la comunidad. Éstas serán definidas y supervisadas por Inspectoría y Orientación.

a) Servicio pedagógico

Contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante dependiendo de su nivel académico, que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, etc.

b) Servicios en beneficio de la comunidad

Implica la prestación de un servicio en favor de la comunidad que ha sido dañada e igualmente debe estar relacionado con el daño causado, haciéndose cargo el alumno de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Por ejemplo: limpiar o reparar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio, su sala, mantener el jardín, hermosear o arreglar dependencias del establecimiento, etc.

Estos servicios serán realizados fuera del horario de clases, por tanto los alumnos deberán asistir en jornadas que serán establecidas por Inspectoría General.

II) Medidas disciplinarias punitivas para las faltas graves y muy graves.

Son aquellas que suponen la aplicación de sanciones inmediatas como reacción a la ocurrencia de una falta por parte del alumno o alumna. Estas medidas pueden ser aplicadas en conjunto con otras Medidas disciplinarias de seguimiento.

Las medidas punitivas aplicables son: amonestación, registro en libro digital, derivación a Inspectoría, suspensión temporal al Colegio, cambio de curso cuando proceda, condicionalidad de matrícula, término anticipado del año escolar, no renovación de la matrícula. Estas medidas serán resueltas por Inspectoría, Consejo de Profesores y Dirección del Colegio.

Según la ley 20.536 sobre violencia escolar:

Se entenderá por violencia escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar las siguientes conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros a amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Amedrentar. Amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno(a) u otro(a) miembro de la comunidad educativa;

Discriminar de cualquier forma a un integrante de la comunidad educativa

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno(a) o a cualquier otro(a) integrante de la comunidad educativa a través de whatsApp, Instagram blog, Facebook, mensajes de texto, correo electrónico, redes sociales de internet, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web teléfonos y cualquier otro medio tecnológico virtual o electrónico, Exhibir, transmitir o difundir por medio cibernético cualquier conducta de maltrato escolar.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual aun cuando no sean constitutivos de delito.

Todas las acciones mencionadas, se considerarán falta muy grave (artículo 54) y de ser reiterativas hacia un alumno o un grupo de alumnos en particular, serán sancionadas según lo dispuesto en Protocolo de Bullying.

DE LAS FALTAS

Artículo N° 52 Se considerarán faltas leves:

a) Descuidar el aseo personal.

b) Transitar por patios y pasillos teniendo clases y sin la autorización correspondiente.

c) Dejar sucio su lugar de trabajo, de colación o de recreación.

d) No traer equipo de Educación Física u overol para las clases de Taller o Laboratorio (dos veces).

e) Maquillarse y cambiarse ropa durante la clase.

f) Dejar textos escolares, guías de estudio y cualquier material de trabajo, abandonados en el Colegio.

Artículo N° 53 Se consideran faltas graves:

a) Presentarse sin su uniforme.

b) Presentarse sin sus materiales de estudio, tanto para las asignaturas, módulos, laboratorios y/o Talleres.

c) Usar el pelo largo.

d) No portar la Agenda Escolar.

e) Llegar atrasado sin justificación al inicio de la jornada y/o a las actividades planificadas.

f) Usar sin autorización material o equipo del Colegio

g) Retirarse de una clase sin autorización.

h) Acumular tres (3) faltas leves,

i) Dibujar obscenidades, rayar, escribir pornografía y/o ensuciar cualquiera dependencia del Colegio

j) Efectuar juegos violentos dentro del Establecimiento y su entorno.

k) Perturbar el normal desarrollo de una clase o de un acto oficial del Colegio

l) Destruir plantas y elementos ornamentales.

m) Pintar o rayar mesas, murallas y otros,

n) Usar de manera irresponsable los laboratorios, computadores, canchas, baños, mobiliario y la propiedad del Colegio.

o) Faltar a pruebas fijadas con la debida anticipación y al proceso evaluativo en general, sin justificación.

p) Faltar a clases sin justificación.

q) Comprometer el prestigio del Colegio «mostrando una conducta inadecuada»- en las actividades programas por el establecimiento y que se realizan fuera de él; como en las actividades extra curriculares, los aprendizajes significativos, aprendizaje intensivo y práctica profesional.

r) Negarse a hacer el aseo de la sala o taller, cuando le corresponda.

s) No acatar las instrucciones del profesor (a) o de otro funcionario del colegio.

t) No cumplir con las disposiciones de prevención de riesgos.

u) Dirigirse y contestar en forma inadecuada al personal del Colegio.

Artículo N° 54 Se consideran como faltas muy graves;

a) Agredir física o psicológicamente a personas.

b) Provocar desorden en la sala mientras el profesor hace clases.

c) Fumar en el colegio y lugares adyacentes.

d) Abandonar el Establecimiento sin autorización.

e) Destruir o sacar sin autorización, libros y revistas de la biblioteca.

f) Destruir pertenencias de cualquier integrante del colegio.

g) Falsificar o copiar en pruebas, trabajos escritos, agendas u otros documentos.

h) Falsificar la firma del apoderado, profesores o autoridades del Colegio

i) Intimidar o amenazar de hecho o palabra a un compañero.

j) Acumular tres (3) faltas graves.

k) Portar, consumir y/o comercializar alcohol, drogas y/o cigarrillos, dentro del Colegio y/o lugares adyacentes.

l) Almacenar, difundir, comercializar, por cualquier medio, pornografía dentro del Colegio y/o lugares adyacentes.

m) Presentarse ebrio y/o drogado en el Colegio o en lugares adyacentes.

n) Dirigir ofensas, injurias y/o amenazas de palabra o de hecho contra los miembros de la comunidad educativa.

o) Ejercer matonaje o buylling al interior o fuera del establecimiento

p) Destruir deliberadamente equipos, máquinas y/o materiales de enseñanza.

q) Hurtar o robar dinero o materiales de sus compañeros y/o del personal del Colegio.

r) Revisar, sin autorización del docente, material pedagógico y/o pertenencias del profesor.

s) Portar y/o utilizar armas de fuego y/o armas blancas en el Colegio y en lugares adyacentes al Colegio.

t) Adulterar información y/o documentación oficial del Colegio.

u) Atentar contra la propiedad privada de funcionarios o visitas del Colegio.

v) Demostraciones de afecto efusivas con compañeros y/o pololos, que atenten contra la sobriedad.

w) Las que determine el Consejo General de Profesores.

DE LAS MEDIDAS REMEDIALES

A los estudiantes que no cumplan con las normas establecidas se les aplicarán medidas formativas y/o correctivas, procurando que, a través de recursos formativos, estas medidas se constituyan en experiencias positivas que contribuyan eficazmente a la formación de la personalidad del alumno y garanticen el respeto de los derechos del resto de sus compañeros y compañeras, aportando a la mejor convivencia de toda la Comunidad educativa. Además, los estudiantes no podrán permanecer fuera de la sala de clases, sino que deberán presentarse en inspectoría para conversar sobre la medida remedial por su falta y luego deberán regresar a clases, salvo situaciones muy graves. No obstante, ante faltas muy graves que conlleven un delito, el Colegio se reserva el derecho de denunciar y entregar los antecedentes a la fiscalía, especialmente en temas de drogas, armas y buylling.

Artículo N° 55 Ante las faltas leves se aplicarán las siguientes medidas:

a) Registro en la hoja de vida del Libro digital.

b) Citación a entrevista al apoderado y al alumno con un docente, inspector o tutor u Orientadora.

c) Colaborar con la limpieza y orden del lugar afectado.

d) Firma de compromiso de mejoramiento de conducta por parte del estudiante y apoderado.

Artículo N° 56 Ante faltas graves se registrará en la hoja de vida del Libro de Clases y se aplicarán las siguientes medidas:

a) Entrevista del apoderado y alumno con Inspectoría y/u Orientación.

b) Suspensión temporal por uno (1) ó dos (2) días, definidos por Inspectoría General.

c) Condicionalidad de la matrícula, firmada por el estudiante y el apoderado.

d) Matrícula condicional para el año escolar siguiente.

Artículo N° 57 Ante faltas muy graves, se registrará en la hoja de vida del Libro de Clases y en su Carpeta Personal y se aplicarán las siguientes medidas;

a) Suspensión temporal por 3 días hábiles.

b) Entrevista apoderado-alumno con el Rector del Establecimiento o Equipo de Gestión.

c) Cambio del curso cuando proceda, definido por el Equipo de Gestión.

d) Término anticipado del año escolar, con presentación sólo a rendir pruebas y trabajos.

e) Cancelación de la matrícula.

f) Desembolso económico para la reposición de elementos destruidos, deteriorados o perdidos.

g) Denuncia respectiva del hecho ante Carabineros, Policía de Investigaciones o Fiscalía, en conformidad a lo dispuesto en la ley de Responsabilidad Penal Juvenil N°20.084.

Artículo N° 58 No se cursará matrícula a todos aquellos y aquellas estudiantes que en el año académico anterior hayan transgredido en dos o tres oportunidades las disposiciones de este Reglamento de Convivencia Escolar en el artículo Nº 56 y 57 y/o hayan firmado condicionalidad de matrícula sin haber experimentado el cambio de conducta esperado. Esto será definido por el Consejo de Profesores.

Criterios que se deben cumplir para poder aplicar una medida de expulsión

La expulsión es considerada como una medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo cuando efectivamente la situación implique un riesgo real y actual para algún miembro de la comunidad, sanción que se aplicará conforme a un justo proceso que contempla el reglamento.

Una expulsión o cancelación de matrícula debe cumplir cuatro criterios generales:

• El Reglamento Interno debe señalar expresamente estas sanciones y las faltas a las cuales se aplica.

• El Reglamento Interno debe consagrar un procedimiento justo que garantice que el alumno/a sea escuchado y pueda hacer sus descargos y aportar antecedentes, a través de la presentación escrita de los descargos enviada a Rectoría y posterior entrevista con su apoderado con la Inspectora General y/o Rector.

• El alumno siempre tiene derecho a pedir que la sanción sea revisada en forma excepcional por el consejo de profesores.

• Una vez agotadas todas las instancias se le debe informar formalmente a la familia y al alumno.

TITULO X:

DE LAS ESTUDIANTES EN ESTADO DE EMBARAZO Y MADRES LACTANTES

Artículo N° 59 El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para permanecer en el Colegio Técnico Profesional Los Acacios, otorgándose para ello las siguientes facilidades académicas del caso, de acuerdo a la Ley Constitucional N° 19.688 de 30/08/2000:

– Rendir un mínimo de tres evaluaciones, durante cada semestre lectivo, si la situación lo requiere, bajo la supervisión de la Unidad Técnica Pedagógica.

– El instrumento evaluativo que se le aplicará deberá ceñirse a la tipificación consignada en el Reglamento de Evaluación del Colegio.

– Tener un calendario especial de evaluaciones coordinado por la Unidad Técnica Pedagógica.

– Promoción con porcentaje de asistencia a clases inferior al 85% cuando las causas se deban a problemas durante el embarazo, parto o enfermedades del hijo menor de un año (hasta un 30% de inasistencia).

Artículo N° 60: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre las alumnas en estado de embarazo y madres lactantes que se establecen son:

a) No podrán ser objeto de discriminación, cancelación de la matrícula o suspensión de actividades escolares.

b) El uso del uniforme escolar es obligatorio, siendo responsabilidad del Inspector General y/u Orientación, otorgar las facilidades cuando el caso lo amerite.

c) Podrán hacer uso del derecho de amamantar a su hijo(a), de acuerdo a procedimiento establecido por Inspectoría, el que será adecuado a la problemática de cada alumna.

d) Podrán retirarse del Colegio durante el desarrollo de actividades educativas, cuando las causas se deban a controles médicos o enfermedades del hijo menor de un año, presentando el documento de un profesional, que lo acredite.

TITULO Xl:

DE LOS ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR RENDIMIENTO Y COMPORTAMIENTO

Artículo N° 61 El establecimiento considera los siguientes estímulos a los y las estudiantes que tienen una destacada participación en su formación académica, personal y relación de sana convivencia con sus pares:

a) Premiación Semestral: Excelencia académica, Esfuerzo, Convivencia, Fraterno y Excelencia en los módulos de la especialidad.

b) «Día de la Enseñanza Técnico Profesional: Destacado área especialidad.

c) Aniversario: estudiantes destacados en las diferentes áreas, alumnos egresados.

d) Licenciatura: Excelencia académica, Alumno fraterno, Esfuerzo

e) Titulación: Premio al o la estudiante más representativo de cada Especialidad.

d) Diploma de Honor al curso que se destaque por el trabajo del valor del mes, asistencia, esfuerzo académico y sala más aseada, de acuerdo al Proyecto Educativo

TITULO Xll:

DE LAS ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMIENTO

PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.

Artículo N° 62 El Establecimiento debe lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los y las estudiantes y asegurar sus derechos. Para ello cuenta con un equipo multidisciplinario cuya principal estrategia es la formación de alumnos mediadores para la resolución pacífica de conflictos y alumnos que destacan como líderes en la convivencia escolar. Además, es necesario incorporar medidas formadoras de carácter pedagógico y de servicio a la comunidad las que serán aplicadas por los Tutores de ciclo, sin embargo frente a faltas graves y muy graves se mantienen las medidas punitivas.

Artículo N° 63 Junto a los procedimientos para evaluar las faltas y definir y aplicar las sanciones con carácter formativo, Inspectoría desarrolla un trabajo interdisciplinario con el Depto. de Orientación, estamento que a su vez colabora con los Profesores Jefes en la resolución de conflictos, integrando a profesores orientadores por especialidad cuando los problemas son de mayor complejidad. En estas materias, el Consejo General de Profesores tiene competencia resolutiva y será convocado por el Rector, cuando lo estime necesario.

TITULO Xlll:

DEL DERECHO A APELACIÓN

Artículo N° 64 Las situaciones disciplinarias y de convivencia escolar no contempladas en el presente reglamento, serán sancionadas por el Inspector General. No obstante lo anterior, todo y toda estudiante que haya sido sancionado por alguna medida, que para su entender no la considere justa, por intermedio de su apoderado(a), podrá apelar de las resoluciones tomadas en cualquiera de las instancias señaladas en las materias precedentes, ante el Equipo de Gestión del Establecimiento. Este estamento, dirigido por el Rector, se pronunciará acerca de la petición y del derecho de apelación del alumno afectado a la brevedad posible.

Artículo N° 65 Para ejercer el derecho de apelación él o la estudiante deberá presentar su apelación hasta con 48 horas, desde el momento de haber sido notificado por el Inspector General sobre las causales de la sanción, y le corresponderá al Rector pronunciarse al respecto, luego de presentarlo al Equipo de Gestión.

Artículo N° 66 El presente Reglamento de Convivencia Escolar, debe ser conocido por toda la Comunidad Educativa. Es por ello que el Colegio Técnico Profesional Los Acacios, al momento de la matrícula entregará una síntesis de él a los padres y apoderados, y su difusión completa a todos los y las estudiantes del Establecimiento, al comienzo del año escolar a través de la agenda estudiantil. Su lectura detallada a los padres y apoderados del establecimiento se realizará en la primera reunión del año. Junto a ello, el presente reglamento se encontrará disponible en la página web del colegio.

Artículo Nº 67: El establecimiento cuenta con un libro de Felicitaciones, Reclamos y sugerencias a disposición de los Padres y Apoderados o amigos del Establecimiento.

TITULO XIV:

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Número 1: Las actividades que realice un curso, como parte de su programa de trabajo, deben contar con la participación del Profesor Jefe, Profesor de Especialidad, Profesor de Asignatura, quienes son representantes del Rector frente al grupo de estudiantes y apoderados, quedando firmada la autorización de los padres y apoderados cuando corresponda.

Número 2: Para el Colegio Técnico Profesional Los Acacios es fundamental propiciar un clima favorable al aprendizaje. Es por esto que el comercio entre los estudiantes no está permitido, salvo casos especiales previa autorización de la Rectoría del Colegio, siempre y cuando sea en beneficio de todos. Es importante destacar que estas situaciones no deben alterar el normal funcionamiento del colegio, en especial con respecto al cumplimiento de los horarios y actividades planificadas.

Las rifas, giras de estudio, paseos y demás actividades que escapen al ámbito interno del curso, deben contar con la autorización de la Rectoría, previa solicitud y antecedentes presentados por la directiva del curso, con el visto bueno del Profesor Jefe.

Número 3: Cualquier situación que no esté contemplada en el presente Reglamento, deberá ser resuelta por el Comité de Gestión Directiva,

Junto al presente reglamento, el establecimiento dispone de los siguientes Protocolos de Actuación:

a) Violencia Escolar

b) Abuso Sexual

c) Actuación ante Situaciones de Acoso Escolar (Bullying)

d) Maltrato a Funcionarios del Colegio

e) Violencia Intrafamiliar

f) Consumo y Tráfico de Drogas

g) Regulación de Actividades Relacionadas con el Tabaco

h) Responsabilidad Penal Adolescente

i) Trato Discriminatorio

j) Accidente escolar.

k) Alumnas embarazadas madres y alumnos padres.